Requisitos para jubilarse en Argentina en 2026
Qué necesitás para jubilarte en 2026: 65 años los varones y 60 las mujeres, 30 años de aportes, compensación de edad por servicios, años por hijo y qué hacer si te faltan aportes.
Leer guíaJubilación · Moratoria · Reajuste · Pensiones
Requisitos, años de aportes, moratoria y reajuste de haberes explicados con la normativa vigente en 2026 (Ley 24.241 y normas complementarias). Si querés, un estudio de abogados asociado puede revisar tu caso.
Guías
Guías claras, con la norma oficial enlazada y actualizadas a 2026.
Qué necesitás para jubilarte en 2026: 65 años los varones y 60 las mujeres, 30 años de aportes, compensación de edad por servicios, años por hijo y qué hacer si te faltan aportes.
Leer guíaQué moratorias previsionales siguen vigentes en 2026: Ley 24.476 y Unidad de Cancelación de la Ley 27.705 para trabajadores en actividad. Qué pasó con la Unidad de Pago y qué alternativas hay.
Leer guíaQué es el reajuste de haberes jubilatorios, cómo se actualizan hoy las jubilaciones (IPC mensual), cuándo podría haber diferencias y cómo se reclama ante ANSES y la Justicia.
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Para la jubilación ordinaria del régimen general (Ley 24.241, art. 19): 60 años las mujeres y 65 los varones, y 30 años de servicios con aportes. El exceso de edad puede compensar la falta de servicios (2 años de edad por cada año faltante).
Según la página oficial de moratorias de ANSES, hoy la única moratoria vigente es la de la Ley 24.476, para períodos entre el 1/1/1955 y el 30/9/1993, previa evaluación socioeconómica. La Unidad de Pago de Deuda Previsional de la Ley 27.705 tenía un plazo de 2 años, prorrogable (art. 4), y ANSES ya no la informa como vigente.
Desde los 65 años, si cumplís los requisitos (residencia, no tener otra jubilación, pensión o retiro, entre otros), podés pedir la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM, Ley 27.260, arts. 13 y 14), que equivale al 80 % del haber mínimo garantizado y no es una jubilación. Antes de decidir conviene revisar si hay aportes no computados.
Podría corresponderte si tu haber inicial no se calculó como fija la ley (art. 24, Ley 24.241) o si la movilidad aplicada fue menor a la que correspondía (art. 32). Cada caso se analiza en particular: requiere revisión profesional.
No. Es un servicio de orientación e intermediación, sin relación con ANSES. Las guías son información general y, si dejás tus datos, un estudio de abogados asociado puede contactarte.
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